El que suscribe (en adelante denominado el "Solicitante") solicita la membresía y acepta comprar energía eléctrica de Blue Ridge Electric Cooperative, Inc. (en adelante denominada la "Cooperativa"), bajo los siguientes términos y condiciones. Al marcar esta casilla, confirmo que he leído y comprendido los Estatutos de Blue Ridge Electric Cooperative. Al enviar esta solicitud, el Solicitante también acepta una verificación de crédito.

El Solicitante pagará a la Cooperativa la suma de $5.00, que, si esta solicitud es aceptada por la Cooperativa, constituirá la tarifa de membresía del Solicitante.

El Solicitante comprará de la Cooperativa toda la energía eléctrica utilizada en las instalaciones descritas a continuación, y pagará mensualmente tarifas que se determinarán de vez en cuando de acuerdo con los estatutos de la Cooperativa. El solicitante pagará una tarifa mínima cada mes, independientemente de la cantidad de kilovatios-hora consumidos.

El Solicitante cumplirá y estará sujeto a las disposiciones de la carta constitutiva y los estatutos de la Cooperativa, así como a las reglas y regulaciones y tarifas que en cualquier momento pueda adoptar la Junta Directiva de la Cooperativa.

Al pagar una tarifa de membresía y convertirse en miembro, el Solicitante no asume responsabilidad personal por deudas o responsabilidades de la Cooperativa, y se entiende expresamente que, según la ley, su propiedad privada está exenta de ejecución por tales deudas o responsabilidades.

El Solicitante otorga a la Cooperativa el derecho de paso para servir las instalaciones. Este derecho de paso permite a la Cooperativa construir, operar y mantener una línea o sistema eléctrico de distribución, y cortar y podar árboles y arbustos en la medida necesaria para mantenerlos libres de dicha línea o sistema eléctrico y cortar ocasionalmente árboles muertos, débiles, inclinados o peligrosos lo suficientemente altos como para golpear los cables al caer.

La aceptación de esta solicitud por parte de la Cooperativa constituirá un acuerdo entre el Solicitante y la Cooperativa, y el contrato de servicio eléctrico continuará en vigor durante un año a partir de la fecha en que la Cooperativa ponga el servicio a disposición del Solicitante.